Qué hacer cuándo fallece un familiar: guía completa de trámites y pasos esenciales

La pérdida de un ser querido nunca es fácil. A la tristeza se suman muchas gestiones que deben resolverse en poco tiempo, en un momento en el que lo último que apetece es pensar en trámites.
Por eso, tener una referencia clara de los pasos a seguir ayuda a afrontar la situación con serenidad y a evitar errores o retrasos innecesarios.

En esta guía encontrarás qué hacer cuando fallece un familiar, los documentos que necesitarás, los principales trámites administrativos y algunas recomendaciones prácticas para que todo el proceso sea más sencillo.
También veremos cómo ciertos servicios, como un seguro de decesos, pueden aliviar parte de esa carga al ofrecer apoyo en la gestión y orientación a los familiares.

¿Qué hacer cuando fallece un familiar?

Los primeros momentos tras el fallecimiento de un familiar suelen ser confusos, pero hay algunos pasos básicos que conviene conocer.
El más importante es obtener el certificado médico de defunción, un documento imprescindible para poder registrar el fallecimiento y comenzar cualquier otro trámite.

A partir de ahí, se recomienda informar a los familiares cercanos y reunir la documentación necesaria, como el DNI del fallecido o su tarjeta sanitaria. Si la persona contaba con testamento o seguros activos, será útil tenerlos localizados para los siguientes pasos.

En las secciones siguientes veremos qué hacer según el lugar del fallecimiento, en casa, en un hospital o en caso de no contar con seguro, y cómo tramitar correctamente todos los documentos que deben presentarse ante la administración.

Qué hacer cuando fallece un familiar según el lugar del fallecimiento

Los primeros pasos pueden variar según dónde se haya producido el fallecimiento. Aunque el procedimiento administrativo posterior es similar, los trámites iniciales no son los mismos si la persona fallece en casa, en un hospital o sin disponer de un seguro de decesos.
A continuación, detallamos las principales diferencias para cada caso.

Qué hacer cuando fallece un familiar en casa

Si el fallecimiento ocurre en el domicilio, lo primero es llamar a un médico o a los servicios de urgencias para que confirme la defunción y emita el certificado médico de defunción, documento indispensable para cualquier gestión posterior.
Es importante no mover el cuerpo ni realizar ningún trámite hasta que el médico haya acudido y expedido el certificado.

Una vez obtenido, se podrá contactar con una funeraria para el traslado del cuerpo y la organización del velatorio o entierro. Si el fallecido tenía un seguro de decesos, será la aseguradora quien se encargue de coordinar todo el proceso, desde el traslado hasta la tramitación de documentos. En caso contrario, estas gestiones deberán realizarse directamente con la funeraria elegida.

Qué hacer cuando fallece un familiar en el hospital

Cuando el fallecimiento se produce en un hospital o centro sanitario, el procedimiento inicial suele ser más sencillo.
El personal médico emitirá directamente el certificado médico de defunción, y el hospital se encargará de entregar la documentación necesaria a la familia.
También podrá facilitar el contacto con los servicios funerarios, ya sea a través del propio hospital o de una empresa elegida por los familiares.

Si la persona contaba con seguro de decesos, bastará con notificar el fallecimiento a la compañía, que gestionará los traslados y trámites administrativos necesarios.

Qué hacer cuando fallece un familiar sin seguro

En el caso de que la persona fallecida no contara con un seguro de decesos, los familiares deberán encargarse de todos los trámites y gastos funerarios: desde el traslado del cuerpo hasta la inscripción en el Registro Civil.
Esto incluye el pago del féretro, la sala de velatorio, el entierro o incineración y los trámites posteriores relacionados con el certificado de defunción, testamento y herencia.

A menudo, estos procesos pueden resultar complejos o abrumadores, especialmente en los primeros días. Por eso, es recomendable solicitar ayuda a profesionales especializados o informarse bien sobre los pasos a seguir, para evitar errores o costes innecesarios.

Lista de trámites imprescindibles tras el fallecimiento de un familiar

Tras un fallecimiento, hay una serie de gestiones legales y administrativas que deben realizarse para regularizar la situación y poder proceder con los derechos y obligaciones del fallecido.
A continuación, te mostramos los principales trámites y el orden recomendado para realizarlos.

1. Solicitar el certificado médico de defunción

Es el primer documento que debe obtenerse. Lo emite un médico tras verificar el fallecimiento y recoge la causa de la muerte.
Sin este certificado no pueden iniciarse los trámites posteriores, como el registro civil o el entierro.

2. Registrar el fallecimiento en el Registro Civil

Con el certificado médico, los familiares o la funeraria deben acudir al Registro Civil del municipio donde se produjo el fallecimiento para inscribirlo oficialmente.
Este paso es gratuito y debe realizarse en un plazo máximo de 24 horas desde la muerte.

3. Obtener el certificado de defunción oficial

Una vez inscrito el fallecimiento, se puede solicitar el certificado literal de defunción, documento que acredita legalmente la muerte de una persona.
Se emite en el mismo Registro Civil y puede pedirse en papel o de forma telemática a través del Ministerio de Justicia.

4. Pedir el certificado de últimas voluntades

Este certificado confirma si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario.
Se solicita pasados 15 días hábiles desde la fecha de defunción y puede tramitarse presencialmente o por internet en la sede del Ministerio de Justicia.
Es un documento imprescindible antes de iniciar cualquier gestión relacionada con la herencia.

5. Solicitar el certificado de contratos de seguros

Permite conocer si el fallecido tenía contratado algún seguro de vida o de decesos.
También se solicita al Ministerio de Justicia junto con el certificado de últimas voluntades.
En caso de existir pólizas activas, las compañías aseguradoras deben ponerse en contacto con los beneficiarios.

6. Tramitar el testamento o la declaración de herederos

Si el fallecido dejó testamento, habrá que acudir al notario que lo registró para obtener una copia autorizada.
En caso de no existir, los familiares directos deberán iniciar una declaración de herederos abintestato ante notario o, en algunos casos, mediante un procedimiento judicial.

7. Aceptar o renunciar la herencia

Una vez identificados los herederos, estos deberán decidir si aceptan o renuncian a la herencia.
Es importante conocer si existen deudas, ya que la aceptación implica también asumir las obligaciones del fallecido.
La aceptación puede hacerse de forma pura y simple, o “a beneficio de inventario”, para responder solo con los bienes heredados.

8. Comunicar el fallecimiento a la Seguridad Social

Si el fallecido estaba jubilado o cotizando, es necesario informar del fallecimiento a la Seguridad Social.
En ese momento pueden gestionarse las prestaciones o pensiones de viudedad y orfandad, si corresponden.

9. Notificar a bancos y entidades financieras

Las cuentas bancarias deben bloquearse temporalmente hasta la adjudicación de la herencia.
El banco pedirá los certificados de defunción y de últimas voluntades, y el testamento o declaración de herederos.
También se debe revisar si existen seguros vinculados o productos financieros pendientes.

10. Cancelar contratos, suministros y servicios

Por último, conviene dar de baja los servicios contratados a nombre del fallecido: luz, agua, teléfono, suscripciones, asociaciones o impuestos locales.
Cada entidad puede requerir el certificado de defunción o una copia del libro de familia para formalizar la baja.

Qué impuestos y gestiones se deben realizar tras el fallecimiento

Después de realizar los trámites administrativos iniciales, llega el momento de resolver las obligaciones fiscales.
Estos pasos son importantes para poder adjudicar la herencia y regularizar la situación económica del fallecido ante la administración pública.

Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Este es el principal tributo que deben liquidar los herederos.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) grava la transmisión de bienes, derechos y dinero que pasa del fallecido a sus herederos.
Debe presentarse en el plazo de seis meses desde la fecha del fallecimiento, aunque puede solicitarse una prórroga de otros seis meses si se necesita más tiempo.

El importe a pagar depende de varios factores: el valor de la herencia, el grado de parentesco con el fallecido y la comunidad autónoma, ya que cada una aplica reducciones y bonificaciones distintas.

Declaración de la renta del fallecido

Si el fallecimiento se produjo durante el año fiscal en curso, los herederos deben presentar la declaración de la renta del fallecido correspondiente a ese ejercicio.
Esta declaración se presenta en nombre del fallecido, incluyendo los ingresos y deducciones hasta la fecha de su muerte.

Los posibles importes a devolver o a ingresar formarán parte del caudal hereditario, es decir, se suman o restan al conjunto de la herencia.

Comunicación del fallecimiento a Hacienda

Además de la declaración de la renta, es recomendable notificar el fallecimiento a la Agencia Tributaria, especialmente si la persona fallecida era autónoma o titular de un negocio.
Esta comunicación sirve para dar de baja su actividad económica y evitar futuras notificaciones o sanciones.

En caso de que existan propiedades o bienes sujetos a impuestos municipales (como el IBI o el impuesto de circulación), los herederos deberán actualizar también los datos de titularidad en el ayuntamiento correspondiente.

Checklist sobre qué hacer cuándo fallece un familiar

Si acabas de perder a un ser querido, sabemos que enfrentarte a los trámites y gestiones puede resultar abrumador.
Para ayudarte en este proceso, hemos preparado un checklist práctico con los pasos esenciales que debes seguir cuando fallece un familiar.

Este documento te servirá como guía para saber qué hacer en cada momento —desde las primeras gestiones hasta los trámites legales o administrativos— y evitar olvidos importantes.

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⚖️ Nota: Este checklist tiene carácter orientativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional o notario. Cada caso puede requerir gestiones adicionales según la situación personal y patrimonial del fallecido.

Preguntas frecuentes sobre trámites tras el fallecimiento

Al enfrentarse a un fallecimiento, es habitual que surjan dudas sobre cómo proceder en determinados aspectos legales o fiscales.
Estas son algunas de las preguntas más comunes y sus respuestas resumidas.

¿Cómo comunicar a Hacienda el fallecimiento de un familiar?

La Agencia Tributaria no recibe automáticamente la notificación del fallecimiento, por lo que es recomendable comunicarlo cuanto antes.
Este trámite puede hacerse presencialmente en una delegación de Hacienda o a través de su sede electrónica, aportando el certificado de defunción y el DNI del fallecido.
En el caso de autónomos o empresarios, la comunicación sirve también para dar de baja la actividad y las obligaciones fiscales pendientes.

¿Quién debe presentar la última declaración de la renta?

La declaración de la renta del fallecido debe presentarla la persona encargada de administrar la herencia, normalmente, uno de los herederos.
Si hay varios, pueden designar a uno de ellos para hacerlo en representación de todos.
En esta declaración se incluyen los ingresos obtenidos hasta el momento del fallecimiento, así como las deducciones o retenciones aplicables.

¿Qué ocurre si no hay testamento?

Cuando una persona fallece sin dejar testamento, se aplica lo que se conoce como sucesión intestada.
En ese caso, los herederos deben tramitar una declaración de herederos abintestato ante notario, que determinará quiénes tienen derecho a la herencia según el grado de parentesco.
Este procedimiento puede tardar varias semanas, por lo que conviene iniciarlo cuanto antes.

¿Cuánto tiempo hay para realizar los trámites de herencia?

No existe un plazo único para completar todos los trámites, pero sí hay límites legales en algunos casos.
Por ejemplo, el Impuesto de Sucesiones debe liquidarse en un máximo de seis meses, mientras que la protocolización del testamento ológrafo, si lo hubiera, debe solicitarse en los cinco años posteriores al fallecimiento.
Otros trámites, como el cambio de titularidad de cuentas o propiedades, pueden hacerse una vez se haya aceptado la herencia.

¿Quién paga los gastos del entierro?

Por norma general, los gastos del sepelio o incineración se cubren con el patrimonio del fallecido, antes de repartir la herencia.
Si no hay fondos suficientes o existen desacuerdos, los herederos deben asumirlos proporcionalmente según su parte hereditaria.
Puedes ampliar esta información en nuestro artículo sobre quién paga los gastos del entierro.

 

Contar con información clara, y con ayuda profesional cuando sea necesario, puede aliviar en gran medida la carga que suponen estos procesos.

Si buscas una forma de dejar todo preparado y garantizar que tus seres queridos estén acompañados en estos trámites, puedes informarte sobre el seguro de decesos y las coberturas que ofrece.

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